Condiciones generales
I. Generalidades
1. Todos los suministros y servicios de Aquapharm Health & Nutrition GmbH (Vendedor) se prestarán exclusivamente sobre la base de las siguientes Condiciones Generales.
2. no se reconocen condiciones generales de contratación o de compra contradictorias o divergentes u otras restricciones del comprador
, a menos que el vendedor las haya aceptado expresamente en casos individuales. 3. Estas condiciones generales también se aplicarán si el vendedor realiza la entrega al comprador sin reservas a sabiendas de que las condiciones del comprador entran en conflicto con nuestras condiciones de entrega o se desvían de ellas.
3. las presentes Condiciones Generales sólo se aplicarán a empresarios en el sentido del § 310 párrafo 1 BGB.
4 Nuestras Condiciones Generales se aplicarán también a todas las futuras futuras transacciones con el comprador.
5. Los acuerdos individuales celebrados con el Comprador en casos concretos (incluidos los acuerdos colaterales, los suplementos y las modificaciones)
prevalecerán en cualquier caso sobre las presentes Condiciones Generales. Para el contenido de dichos acuerdos será determinante un contrato escrito/textual o la confirmación escrita/textual
del Vendedor.
II. Oferta, pedidos
1. Las ofertas del vendedor no son vinculantes en cuanto a precio, cantidad, plazo de entrega y opción de entrega hasta que hayan sido aceptadas por el comprador por escrito
o en forma de texto.
2. los pedidos del comprador serán vinculantes para el vendedor mediante confirmación escrita o textual del vendedor (también
factura o albarán).
III Precios y condiciones de pago
1. Precios. Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido o en el contrato de compra, los precios se aplicarán a las entregas por flete aéreo desde el aeropuerto de Frankfurt
y a las entregas por flete marítimo desde el puerto de Hamburgo o Rotterdam, más el IVA legal si procede.
Los costes de embalaje, flete, seguro y derechos de aduana se facturarán por separado. Las entregas parciales pueden facturarse por separado en
.
2. el vendedor se reserva el derecho a modificar sus precios en consecuencia si, tras la celebración del contrato, se producen aumentos de costes,
en particular debido a convenios colectivos de trabajo o a cambios en el precio de los materiales. En caso de reducciones de costes, el vendedor está obligado a proceder del mismo modo
. El vendedor demostrará tanto las reducciones como los aumentos de costes al comprador que lo solicite tan pronto como se hayan producido
.
3. todos los pagos se efectuarán en su totalidad inmediatamente después de la recepción de las facturas, sin deducciones, descuentos ni tasas; la deducción del descuento
requiere un acuerdo especial por escrito o textual. Por lo demás, se aplicarán las disposiciones legales
relativas a las consecuencias de la demora en el pago.
4. la retención de pagos debidos a contrademandas del comprador es inadmisible, así como la compensación con dichas contrademandas
; esto no se aplica a las contrademandas si son indiscutibles o han sido establecidas legalmente.
5. si existen dudas razonables sobre la solvencia o solvencia del comprador y si el comprador no está dispuesto a pagar por adelantado o a proporcionar una garantía adecuada para el cumplimiento que le incumbe a pesar de la correspondiente solicitud
, el vendedor tiene derecho a rescindir el contrato,
en la medida en que aún no haya cumplido.
6. la determinación del peso decisiva para el cálculo tendrá lugar en el centro de expedición de la planta de entrega del vendedor.
IV. Entrega
1. Las fechas de entrega notificadas no son vinculantes a menos que el vendedor las designe como "vinculantes" por escrito o en forma de texto
. 2. Si se ha acordado una fecha de entrega vinculante, bastará con que el vendedor envíe la mercancía en dicha fecha.
2. si el vendedor no puede cumplir su obligación de entrega cumplir con su obligación de entrega después de la celebración del contrato debido a la aparición de imprevisibles imprevisibles que no haya podido evitar a pesar de una diligencia razonable (por ejemplo, perturbaciones operativas, sanciones e intervenciones oficiales, retrasos en la entrega de bienes esenciales, etc.). sanciones e intervenciones oficiales, retrasos en la entrega de materias primas esenciales, dificultades de suministro energético, huelga, cierre patronal), el plazo de entrega se prorrogará - en la medida en que estas circunstancias provocan retrasos - el plazo de entrega se ampliará en una medida razonable. Si la entrega resulta imposible debido a la entrega se hace imposible debido a estas circunstancias, el vendedor quedará de la obligación de entrega.
3. el vendedor tiene derecho a realizar entregas parciales o posteriores en una medida razonable.
V. Envío
1. El vendedor se reserva el derecho a elegir la ruta y el método de envío. Los costes adicionales ocasionados por peticiones especiales de envío del comprador correrán a cargo de éste. Lo mismo se aplica a los aumentos en las tarifas de transporte que se produzcan después de la celebración del contrato,
cualquier coste adicional por redirección, costes de almacenamiento, etc., a menos que se haya acordado la entrega a portes pagados.
2. el riesgo de destrucción, pérdida o deterioro de las mercancías se pasará al comprador en el momento del envío. Si se ha acordado acordado con el comprador, el vendedor sólo estará obligado a proteger la mercancía únicamente obligado a proteger la mercancía contra destrucción o robo. destrucción o robo.
3. esta obligación del vendedor expira un mes después de la notificación de la puesta a disposición de la mercancía, siendo suficiente la prueba
del envío de la notificación.
VI. Reserva de propiedad
1. Reserva de propiedad. El vendedor conserva la propiedad del objeto de compra hasta que se hayan recibido todos los pagos derivados de la relación comercial con el comprador
. En caso de comportamiento contrario al contrato por parte del comprador, por ejemplo, demora en el pago, el vendedor tiene derecho a recuperar el objeto de compra; esto constituye una rescisión del contrato. Una vez retirado el objeto de compra, el vendedor estará autorizado a realizarlo; el producto de la realización de
se compensará con las obligaciones del comprador, menos los costes razonables de realización.
2. el comprador está obligado a tratar el artículo adquirido con cuidado; en particular, a asegurarlo adecuadamente a sus expensas contra incendios, agua y
daños por robo a valor de reposición.
3. en caso de embargo u otras intervenciones de terceros, el comprador deberá notificarlo inmediatamente al vendedor para que éste pueda tomar pueda emprender acciones legales de conformidad con el artículo 771 de la ZPO. Si el tercero no está en condiciones el tercero no está en condiciones de pagar al vendedor los gastos judiciales y extrajudiciales costes de una acción conforme al § 771 ZPO, el Comprador será responsable por la pérdida sufrida por nosotros.
4. El comprador tiene derecho a revender el artículo adquirido en el curso ordinario de los negocios y sujeto a la retención de la titularidad.
En este caso, el comprador cede al vendedor todas las reclamaciones por el importe de la factura (IVA incluido) con todos los
derechos accesorios derivados de la reventa. El comprador
sigue estando autorizado a cobrar este crédito incluso después de la cesión. Esto no afecta a la autorización del vendedor para cobrar él mismo la deuda. No obstante, el vendedor
se compromete a no cobrar el crédito mientras el comprador cumpla sus obligaciones de pago con los ingresos cobrados, no se encuentre en mora y, en particular, no se haya solicitado la apertura de un procedimiento de insolvencia
o se hayan suspendido los pagos. Si este es el caso, el vendedor podrá exigir que el comprador revele los créditos cedidos
y sus deudores, proporcione toda la información necesaria para el cobro, entregue los documentos pertinentes
e informe a los deudores (terceros) de la cesión.
5. el vendedor se compromete a liberar las garantías que le correspondan a petición del comprador en la medida en que el valor realizable
de sus garantías supere en más de un 10% los créditos a garantizar; la selección de las garantías a liberar
es responsabilidad del vendedor.
6. En el caso de transacciones de exportación a países en los que la mencionada reserva de propiedad no sea legalmente efectiva, el vendedor de
se reserva el derecho de asegurar el derecho de propiedad de acuerdo con las respectivas disposiciones legales del país de destino. El comprador está obligado a cooperar con
en la medida de lo necesario.
VII Responsabilidad por defectos
1. El comprador debe inspeccionar inmediatamente la mercancía entregada, si es necesario mediante el análisis y/o procesamiento de muestras,
para asegurarse de que está libre de defectos y se corresponde con el pedido realizado por el comprador. Los defectos descubiertos durante la inspección de la mercancía
deberán comunicarse inmediatamente al vendedor en caso de responsabilidad por defectos. Los defectos ocultos deben comunicarse inmediatamente en cuanto el comprador pueda reconocerlos con suficiente cuidado. La mercancía se considerará aprobada si no recibimos la notificación de defectos
a más tardar el tercer día laborable después del descubrimiento del defecto.
2. el procesamiento posterior y la reventa de mercancías en las que se hayan detectado o se hubieran podido detectar defectos con el máximo cuidado
correrán exclusivamente por cuenta y riesgo del comprador. Queda excluida la responsabilidad del vendedor por los daños sufridos por
el comprador como consecuencia de la continuación del procesamiento o la venta.
3. en caso de que exista un defecto en el artículo comprado y el comprador haya cumplido con sus obligaciones de conformidad con el apartado VII. 1, el vendedor
tendrá derecho, a su discreción, a reparar el artículo entregado o a entregar uno de sustitución. El vendedor está siempre obligado a correr con
todos los gastos necesarios para el cumplimiento posterior, en particular los gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y material a
, en la medida en que éstos no se vean incrementados por el hecho de que el artículo comprado haya sido llevado a un lugar distinto del lugar de cumplimiento.
En caso de que la reparación o la entrega sustitutoria fracasen finalmente, el comprador podrá, a su elección, exigir una reducción del pago
o la rescisión del contrato. Si el vendedor entrega un bien sin defectos para su posterior cumplimiento,
o si el comprador rescinde el contrato, deberá pagar una indemnización por el uso que se haya hecho del bien.
4. el vendedor será responsable de conformidad con las disposiciones legales si el comprador hace valer reclamaciones por daños y perjuicios basadas en
dolo o negligencia grave, incluyendo dolo o negligencia grave por parte de los representantes o auxiliares ejecutivos del vendedor
. En la medida en que no se acuse al vendedor de incumplimiento doloso del contrato, la responsabilidad por daños y perjuicios se limitará a los daños previsibles y típicos de
.
5. el vendedor responderá conforme a las disposiciones legales si incumple culposamente una obligación contractual esencial; en este
caso, sin embargo, la responsabilidad por daños y perjuicios se limitará a los daños previsibles y que se produzcan típicamente. Existe una obligación contractual material
si el incumplimiento se refiere a una obligación en cuyo cumplimiento ha confiado el Comprador y puede confiar también
.
6. en la medida en que el comprador tenga derecho a una indemnización por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento debido a un incumplimiento negligente del deber
, la responsabilidad del vendedor se limitará a la indemnización por los daños previsibles y que se produzcan normalmente.
7. la responsabilidad por daños culposos a la vida, la integridad física o la salud no se ve afectada; esto también se aplica a
responsabilidad obligatoria en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos o la Ley de Medicamentos.
8 Queda excluida toda responsabilidad a menos que se estipule lo contrario.
9. el plazo de prescripción para reclamaciones por defectos es de 12 meses, calculado a partir de la transferencia del riesgo. El plazo de prescripción en el caso de un recurso de entrega
según §§ 478, 479 BGB no se ve afectado.
VIII. Responsabilidad solidaria
1. Queda excluida cualquier otra responsabilidad por daños y perjuicios distinta de la prevista en el apartado VIII, independientemente de la naturaleza jurídica de la reclamación formulada
. Esto se aplica en particular a las reclamaciones por daños y perjuicios derivadas de culpa in contrahendo,
debidas a otros incumplimientos del deber o debidas a reclamaciones torticeras de indemnización por daños materiales de conformidad con el § 823 BGB.
2. la responsabilidad por daños culposos a la vida, la integridad física o la salud no se ve afectada; esto también se aplica a
responsabilidad obligatoria en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos o la Ley de Medicamentos.
3. las reclamaciones por daños y perjuicios prescribirán en el plazo de un año a partir del momento en que el comprador tenga conocimiento de que se ha producido el daño. Esto no se aplicará si
puede acusarse al vendedor de dolo o intención.
4. en la medida en que la responsabilidad del vendedor esté excluida o limitada, esto también se aplicará a la responsabilidad personal de sus empleados,
trabajadores, empleados, representantes y otros agentes indirectos.
IX. Estado de la mercancía, asesoramiento técnico, utilización y transformación
1. Calidad de la mercancía . La calidad de la mercancía se basa exclusivamente en el pedido realizado por el comprador. El Vendedor no ha comprobado por sí mismo el contenido de la información facilitada por
, sino que se limita a transmitir el contenido del certificado de análisis presentado por el proveedor del Vendedor o el laboratorio contratado, por lo que no se asume ninguna responsabilidad por la exactitud de esta información más allá de la misma.
2. los consejos técnicos de aplicación facilitados por el vendedor, tanto verbalmente como por escrito y mediante pruebas, se dan según el leal saber y entender del vendedor, pero son
únicamente información no vinculante, también en lo que respecta a posibles derechos de propiedad de terceros, y no eximen al comprador de su propio examen
de los productos suministrados por el vendedor y de su idoneidad para los procesos y fines previstos. La aplicación, el uso y el procesamiento
de los productos escapan al control del vendedor y, por lo tanto, son responsabilidad exclusiva del comprador. Esto se aplica en particular si el Comprador mezcla los productos suministrados por el Vendedor con otros productos o los procesa conjuntamente.
X. Marcas comerciales
1. No está permitido ofrecer o entregar productos sustitutivos en lugar de los productos del vendedor con referencia a estos productos a
o asociar los nombres de los productos del vendedor, independientemente de si están protegidos o no
, con la palabra "sustitutivo" en listas de precios y documentos comerciales similares o yuxtaponerlos a los nombres de productos sustitutivos.
2. además, no está permitido utilizar las denominaciones de los productos del vendedor, en particular como indicación de carga, cuando se utilicen los productos del vendedor con fines de fabricación o de transformación posterior
. La entrega de los productos
o de una marca no se considerará como consentimiento para el uso de la marca para los productos fabricados a partir de ella.
XI. Lugar de cumplimiento, fuero competente, derecho aplicable
1. Lugar de cumplimiento. 1. El lugar de cumplimiento es Pöcking, salvo que se indique lo contrario en nuestra confirmación de pedido.
2. si el comprador es un comerciante, el lugar de jurisdicción es Múnich. El vendedor también tendrá derecho a interponer una demanda en el domicilio social del comprador o en otro lugar de jurisdicción legal de
. § El artículo 94a de la Ley alemana del Medicamento no se verá afectado.
3. se aplicará la legislación de la República Federal de Alemania. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
Aquapharm Health & Nutrition GmbH
Hindenburgstr. 44
82343 Pöcking
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Situación: noviembre de 2024